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Fue en 1981 cuando se aprobaba una ley que establecía el uso de la bandera de España. Parece que está claro donde se sitúa la bandera nacional, las autonómicas e incluso las de entidades locales, pero hay una nueva dificultad.
Con el paso del tiempo ha surgido la necesidad de izar la bandera de la Unión Europea (UE) en el territorio español. Aunque no es obligatorio, cada vez hay más partidarios de hacer ondear las estrellas de la Unión.
La solución podría venir de una regulación comunitaria ya que, además, tiene la competencia sobre su bandera. No obstante, parece más práctico y aplicable que cada Estado regule esa colocación puesto que las diversas entidades territoriales de cada país miembro son diferentes. Es un tema controvertido. ¿De qué forma la UE puede delegar en cada Estado sobre este asunto sin correr el riesgo de un resultado muy variable? En caso contrario, ¿sería capaz la UE de regular con exactitud ese uso en los diferentes Estados?
Mientras, habrá que guiarse por criterios un poco abstractos o por el sentido común derivado de otras disposiciones aplicables a lo comunitario. Sólo tenemos unas pautas y se necesita una regulación más extensa. No costaría tanto establecer su correcta colocación en los diferentes supuestos que se pueden dar en España, conviviendo con el resto de banderas. Es una necesidad. De hecho, podemos comprobar la distinta colocación que se le da a esta bandera en situaciones análogas.
¿Para cuándo una norma que especifique donde se debe colocar la bandera de la UE al combinarla con enseñas nacionales, autonómicas, provinciales o municipales de este tipo? ¿Es tan difícil concretar todos los supuestos de convivencia de la bandera de la UE?
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