Estos días podemos disfrutar de numerosas imágenes y anécdotas, con motivo de los Juegos Olímpicos de Bejing. Entre otros asuntos el protocolo sigue siendo un tema clave, para el entendimiento entre culturas, y ha habido algunos artículos que se refieren al desconocimiento de muchos en cuanto a cual es el modo de dirigirnos a las autoridades: deportivas, de estado, etc.
Por ejemplo la mayoría de los españoles desconocemos, al igual que muchos periodistas estos días..., cual es el modo correcto de dirigirnos o referirnos a los miembros de la Casa Real Española. Aclararemos pues varias cosas:
SALUDO Y TRATAMIENTO A LOS COMPONENTES DE LA FAMILIA REAL.
En el saludo distinguiremos entre el saludo civil y saludo militar.
El saludo civil no está regulado por ninguna ley, por lo que debemos utilizar el que la tradición nos marca.
Para los caballeros una pequeña inclinación de cabeza, como signo de respeto, y para las damas además de la leve inclinación de cabeza se suele hacer una pequeña genuflexión.
Si el saludo es militar, este sí que está reglamentado en las Reales Ordenanzas de los tres ejércitos. En ellas se indican que todos los militares de cualquiera de los ejércitos saluden militarmente a sus majestades los Reyes, a Su Alteza Real el Príncipe de Asturias y a los infantes de España.
A parte del habitual saludo militar (palma de la mano hacia abajo en posición de casi 90 grados, a la altura de la sien) el saludo deberá ir acompañado de una inclinación de cabeza.
TRATAMIENTOS
Hasta el año 1987 el tratamiento dado a los miembros de la corona se regía por la costumbre y la tradición ya que carecía de de reglamentación oficial. A partir de esa fecha se aprueba un real decreto, dando las pautas pertinentes para el correcto tratamiento de los miembros de la Familia Real.
Recibirá el tratamiento de Su Majestad el titular de la corona, al que se llamará Rey o Reina. La consorte del Rey aunque quede viuda, recibirá el tratamiento de Majestad y quedara con el titulo de Reina, pero en el caso de que el consorte de la Reina quede viudo, quedara con el título de Príncipe y con el tratamiento de Alteza Real.
Tendrá el tratamiento de Alteza Real, el Príncipe o la Princesa de Asturias y su consorte. El príncipe será heredero de la corona.
Recibirán el tratamiento de Alteza Real, los restantes hijos del Rey. Sus consortes, recibirán el tratamiento y honores que el Rey les conceda por la via de gracia.
Los hijos de los infantes tendrán tratamiento de Excelencia y la consideración de grandes de España.
También se contempla las hermanas del Rey (infantas) conserven el tratamiento de Alteza Real pero no su consorte ni sus hijos.
TRATAMIENTO HABLADO.
Rey o Reina, Su Majestad o Vuestra Majestad. Si se les nombra en una conversación deberemos referirnos a ellos como Su Majestad el Rey o Su Majestad la Reina.
Lo mismo ocurre con el tratamiento de Alteza, debemos utilizarlo como su Alteza o Vuestra Alteza, y si nos referimos a él cómo Su Alteza Real el…. o Su Alteza Real la Infanta Doña…
TRATAMIENTO ESCRITO.
Para dirigirnos al Rey o la Reina se debe utilizar Señor o Señora. Si nos dirigimos al príncipe, el tratamiento escrito deberá ser Alteza o Señor.
Si nos dirigimos a las infantas tendremos que hacerlo con el tratamiento de Alteza o Señora.
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